Friday, 26 de April de 2024

Política

MORENA publica convocatoria para elección de candidatos; serán designados hasta febrero del 2018

-

La convocatoria establece que todas las asambleas estatales electorales en las que se elegirán a los candidatos a gobernadores y senadores, incluidos los de Puebla, se llevarán a cabo de manera simultánea el próximo 11 de febrero

Por Yonadab Cabrera /@Yonadi18 /

La tarde de este martes, el Comité Ejecutivo Nacional de MORENA publicó la convocatoria para la designación de sus candidatos a la Presidencia de la República, las gubernaturas, diputaciones federales, locales, senadores y las alcaldías. Según el documento, los abanderados serán elegidos hasta febrero de 2018 y será a través de asambleas.

De acuerdo con la convocatoria publicada en el portal web de MORENA, el registro de candidatos a senadores y diputados federales se llevará a cabo ante la Comisión Nacional de Elecciones, en la sede nacional de ese partido y tendrán el siguiente calendario:

El 11 de diciembre se hará el registro de los candidatos al Senado de la República y a los poblanos les corresponderá acudir de 10:30 a 12:00 del día. Por su parte, los aspirantes a una diputación federal se registrarán el 9 de diciembre de 11:00 a 12:00 del día, mientras que los aspirantes a diputados locales deberán hacer su registro ante las instancias partidistas locales y según el calendario que establezcan.

Además, la convocatoria establece que todas las asambleas estatales electorales en las que se elegirán a los candidatos a gobernadores y senadores, incluidos los de Puebla, se llevarán a cabo de manera simultánea el próximo 11 de febrero a las 13 horas y el registro de participantes iniciará una hora antes.

Mientras que las asambleas distritales federales para elegir a los diputados federales, se realizarán el 3 de febrero del 2018 a las 11 de la mañana y el registro de participantes iniciará a las 8 de la mañana.

La Comisión Nacional de Elecciones informará a la Asamblea Distrital, Estatal y Nacional Electoral correspondiente, cuales solicitudes de registro de aspirantes a candidatos/as a Diputados/as por el principio de mayoría relativa, Senadores/as y Presidente/a de la República fueron aprobadas.

Si la Comisión Nacional de Elecciones sólo aprueba el registro de un aspirante a candidato/a Diputado/a Federal por el principio de Mayoría Relativa, Senador/a o Presidente/a de la República éste/a será designado/a y reconocido/a como candidato único y definitivo, lo cual será informado a la Asamblea Distrital Federal Electoral respectiva”.

Sólo en caso de que se apruebe más de cuatro registros de aspirantes por la Comisión Nacional de Elecciones, la Asamblea Distrital Electoral, la Asamblea Estatal Electoral y la Asamblea Nacional podrán elegir de entre ellos las cuatro propuestas para ser sometidas a sondeos y estudios de opinión por la Comisión de Encuestas. El resultado tendrá un carácter”, dice la convocatoria.

Además, el documento establece que se reservarán distritos y municipios donde se aplicará el concepto de candidaturas externas, es decir de personas que no pertenecen o pertenecían a MORENA, pero no se incluye qué lugares serán destinados a estos perfiles y se establece que la Comisión Nacional de Elecciones determinará el proceso de registro.

Asimismo, todos los aspirantes a un cargo deberán de presentar dentro de sus documentos para ser postulados un plan de trabajo de gobierno o parlamentario que obedezca a la ideología y documentos básicos de MORENA.

Las y los aspirantes internos o externos podrán registrarse solamente a un cargo, ya sea federal o local. En ningún momento se aceptarán dobles registros. El proceso de selección se realizará en todo momento conforme a las normas establecidas en el Estatuto de MORENA y la presente convocatoria”.

El Comité Ejecutivo Nacional, publicará el listado final de candidaturas externas e internas, por mayoría relativa y por representación proporcional, así como la distribución que garantice la paridad de género que establece el Estatuto y la ley electoral local aplicable”.

Podrán haber hasta 4 precandidatos a un cargo de elección popular, quienes serán votados en las asambleas y resultará seleccionado el que gane a través del proceso de insaculación. Si únicamente hay un precandidato se votará en automático su postulación.

Sin embargo, en los distritos reservados para externos: “No habrá votaciones para elegir propuestas de aspirantes a Diputados/as y Senadores/as por el principio de mayoría relativa, pero sí para elegir propuestas de aspirantes por el principio de representación proporcional.