Huachicol

Ampara corte a Pemex por derrame en toma clandestina

- Foto: Especial

La Segunda Sala sostuvo que Petróleos Mexicanos no debe ser considerado como responsable cuando los desbordamientos se originan por actos ilícitos, como lo es la ordeña de ductos

Por Edmundo Velázquez / @mundovelazquez

/ Puebla, Puebla

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los daños provocados por derrames en tomas clandestinas no son responsabilidad de Petróleos Mexicanos (Pemex), por lo que la empresa productiva del Estado no está obligada a pagar por ellos.

La Corte apoyó a Pemex luego de un amparo que presentó en contra de una decisión de un tribunal colegiado que le había dado la razón a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa). En la determinación legal se obligaba a Pemex a pagar por la reparación del daño ocasionado por una toma clandestina.

Aunque no se dio a conocer fecha o lugar del derrame que provocó el litigio la mayoría de los ministros de la Suprema Corte consideraron que Pemex no tiene responsabilidad “objetiva y solidaria” ni debe de reparar el daño producido por terceros, en este caso ladrones de hidrocarburo.

La determinación se tomó con el voto en contra de Javier Laynez Potisek, los ministros validaron la constitucionalidad del artículo 15, fracción primera, inciso c) de la Ley Reglamentaria del artículo 27 constitucional en el ramo del petróleo, que establece que Pemex “no será responsable de los que resulten de actos ilícitos, caso fortuito o fuerza mayor”, vigente en 2013.

Los casos han sido atraídos por la Corte para aclarar si Pemex debe ser considerada como responsable cuando los derrames se originan por actos ilícitos, básicamente, las tomas clandestinas que se han agudizado en los últimos meses.