Wednesday, 24 de April de 2024

Política

Presenta José Juan controversia constitucional contra privatización del agua en Puebla

- Foto: EsImagen

El recurso fue presentado ante la SCJN e incluye la solicitud para que los alcaldes de los 217 municipios rindan un informe con su postura sobre la privatización, pues se acusa que fueron presionados para aprobarla 

Por Yonadab Cabrera /

 

El alcalde de San Pedro Cholula, José Juan Espinosa Torres presentó una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de la reforma aprobada por el Congreso de Puebla para entregar al gobierno el poder para operar y privatizar el servicio de agua potable.

VER: Congreso de Puebla disfraza reforma para privatizar el servicio de agua potable en todo el estado

A través de su cuenta de Facebook, el alcalde  —quien recientemente abandonó Movimiento Ciudadano para sumarse a las filas de MORENA— subió un video para informar sobre el acto.

Dijo que esta acción tiene el objetivo de que la SCJN intervenga y ordene a los diputados locales tirar la reforma al artículo 12 aprobada el seis de enero.

Además, dice que se solicita que los 216 Ayuntamientos rindan un informe sobre el tema, pues supone que fueron obligados por la dirigencia del PAN y el gobierno para aprobar la reforma antes de 15 de febrero y que se decretara válida:

Se contempla que  los 216 Ayuntamientos para que rindan un informe porque creo que este afán privatizador del servicio no lo podemos permitir ni en San Pedro ni en alguno de los 217 ayuntamientos del estado de Puebla.  Estoy convencido que la SCJN le corregirá la plana al Congreso del estado y a quienes desde la dirigencia estatal ha presionado a los alcaldes para que aprobaran esta reforma que a todas luces es inconstitucional”.

El 26 de enero, CENTRAL advirtió que el Congreso había modificado el artículo 12 de la Constitución para supuestamente establecer  como un derecho el “acceso al agua potable”, que en realidad sentó las bases para privatizar el servicio en todo el estado.

Se trata de una modificación al artículo 12 que parece inofensiva, pues en sus primeras líneas plantea: “Establecer el derecho que tiene toda persona al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible”.

Sin embargo, al final del párrafo se establece: “El estado conforme a las leyes regulará las bases y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de este recurso natural”. Es decir, se sientan las bases para que el gobierno del estado tome el control del servicio de agua potable en los ayuntamientos, sin que esta decisión tenga que pasar por los Cabildos.

Esta reforma es inconstitucional, pues viola el artículo 115 de la Constitución Federal que establece que:

Cada municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal (…) La competencia que esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre ése y el gobierno del Estado”.

Por tratarse de una modificación a la Carta Magna, el tema debió pasar por los 217 ayuntamientos para que asumieran una postura, pero la ley dice que si no lo hacen en un lapso de 30 días, se tomará como afirmativa su respuesta.

Así fue y antes del primero de febrero se convirtió en Constitucional, solo los municipios de  San Andrés Cholula, San Pedro Cholula, Libres, Tehuacán, Ocoyucan y Coronango, se inconformaron.

VER: Es constitucional la reforma en Puebla para privatizar el servicio del agua potable en todo el estado